El decreto publicado este miércoles suprime las campañas institucionales de publicidad y de comunicación con carácter oneroso que realice la Administración Central, con excepción de aquellos actos de publicidad o campañas de “fuerza mayor” o “necesidades comunicacionales puntuales".
En segunda instancia, se amplió el periodo de indemnización que se había fijado precedentemente.
Se trata de un importante precedente de la Corte Suprema de Justicia que aborda la libertad de imprenta y la distribución de la propaganda pública en los medios de comunicación.